Contencioso de S’HA ACABAT! y Universitaris per la Convivència contra la evaluación única

Tres alumnos y un profesor de la Universitat Autònoma de Barcelona (UAB) han interpuesto un recurso contencioso administrativo contra el Acuerdo del Consejo de Gobierno de la UAB que habilita un mecanismo de evaluación única para dar satisfacción a las peticiones de los estudiantes que han participado en las protestas convocadas contra la Sentencia del Tribunal Supremo que condena a varios implicados en el intento de derogación de la Constitución en Cataluña en 2017. Los alumnos son Julia Moreno, presidenta de S’ha Acabat, y Alex Serra y Paula Díaz, también miembros de esta asociación, y el catedrático de Derecho Internacional Privado Rafael Arenas, miembro Universitaris per la Convivència y vicepresidente de Impulso Ciudadano.

Los recurrentes han explicado a los medios congregados en la Ciudad de la Justicia que han interpuesto el recurso al no tener otra alternativa ante una medida contraria a Derecho, que vulnera la normativa académica, supone un cambio del sistema de evaluación con el curso ya iniciado, implica el apoyo explícito de la Universidad a unas protestas de carácter partidista (contraviniendo así la institución su obligación de neutralidad) e implica, además, la creación de bases de datos sin cobertura legal que permitirían vincular a los alumnos con determinadas posiciones ideológicas.

Arenas y Moreno han detallado los argumentos en que se basan para considerar contrario a Derecho el acuerdo impugnado:

1.- Supone una excepción singular (para un caso concreto) a la normativa de la UAB en materia académica, lo que es contrario a lo previsto en el artículo 37.1 de la Ley 39/2005, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común.

2.- La evaluación única introducida desconoce las exigencias derivadas de la normativa universitaria sobre correspondencia entre evaluación y resultados de aprendizaje. Choca, además, con la obligación de que los elementos esenciales del curso, incluida la forma de evaluación, sean conocidos con anterioridad al inicio del mismo. No se pueden cambiar las reglas sobre evaluación una vez iniciado el curso. Todas estas irregularidades, además, pueden tener transcendencia en los procesos de verificación y acreditación de los títulos universitarios con las consecuencias que ello tendría para los estudiantes y para el conjunto de la comunidad universitaria.

3.- El cambio en el sistema de evaluación no solamente no responde a razones académicas, sino que se ha hecho explícito que su justificación es completamente extraacadémica. En concreto, la propia Rectora de la UAB afirmó que buscaba mantener la paz social; esto es, plegarse a las peticiones de los estudiantes que han participado en las protestas contra la Sentencia del Tribunal Supremo que condena a los líderes secesionistas. En este sentido, el acuerdo es colofón del manifiesto firmado por los rectores de las universidades públicas el 14 de octubre, y que ha sido declarado contrario a la obligación de neutralidad de las administraciones en período electoral por la Junta Electoral Central, y a los manifiestos aprobados una semana después por los claustros de las universidades. Esta falta de neutralidad y la instrumentalización partidista de la institución llega así a la forma de evaluación, lo que también es contrario a Derecho.

4.- Finalmente, la ejecución del mecanismo de evaluación única implica que se elaboren listados de alumnos que pueden facilitar la creación de perfiles ideológicos dentro del alumnado. Estos listados son creados al margen de cualquier habilitación legal y en contra de lo preceptuado en la normativa sobre protección de datos por lo que consideramos imprescindible que se ponga fin de inmediato a su creación y tratamiento.

Dada la gravedad de la situación y los perjuicios que se derivarían de un retraso en la resolución del recurso planteado, en este primer escrito se solicita la adopción de la medida cautelar de suspensión de la ejecución del acuerdo impugnado. De no adoptarse esa suspensión cautelar podría suceder que los estudiantes que se acogieran al mismo no pudieran ser finalmente evaluados, al haber dejado pasar la posibilidad de hacerlo a través del único mecanismo legal: la evaluación continua, imposible de recuperar una vez concluido el curso. Los recurrentes han explicado a la prensa que esa suspensión es la que mejor garantiza los derechos de todos y evita las dificultades que se derivarían de que una vez concluido el curso se declarara la ilegalidad del mecanismo de evaluación única.

Profesores y estudiantes de otras universidades están valorando si interponer más recursos ante lo que Universitaris per la Convivència y S’ha Acabat consideran una nueva instrumentalización, manifiestamente ilegal, de las universidades públicas a favor de los postulados nacionalistas, cediendo, además, ante tácticas de coacción absolutamente incompatibles con un entorno democrático.